viernes, mayo 2, 2025

Luna, la primera recién nacida con apellidos de la madre en su registro.

La capacidad de los padres para decidir el orden de los apellidos de su hijo es un avance relativamente reciente en la historia legal de nuestro país. No obstante, al considerar que el proceso está lleno de trámites burocráticos y complicaciones, es evidente que todavía hay mucho por mejorar en este aspecto.

En Querétaro, México, una pareja ha creado un nuevo precedente en la historia nacional. La bebé Luna Amelia Rangel Cabrera se ha convertido en la primera persona en llevar los apellidos maternos de sus padres.

Bebé jugando

Sin embargo, el proceso no fue sencillo. A finales de noviembre del año pasado, los padres de Luna, Mariel Aragón Rangel y Miguel Pérez Cabrera, se vieron obligados a iniciar un juicio de amparo para que su hija pudiera llevar los apellidos maternos, ya que el Código Civil del estado no lo contemplaba.

Mariel mencionó que se dirigió al Registro Civil de la ciudad de Querétaro para solicitar el registro de Luna con los apellidos de ella y de Miguel. Para ellos, esto era crucial, pues representaba una forma de honrar a las abuelas de la pequeña y continuar con su legado. Sin embargo, su solicitud fue rechazada.

Luna, su hermana y sus papás Mariel y Miguel

Pese a esto, la pareja no se rindió y decidió acudir a una abogada, quien solicitó que un juez les otorgara un amparo, logrando así obtener el recurso necesario.

Para los padres de Luna, este esfuerzo tenía un valor adicional. Además de honrar a sus propias madres, deseaban establecer un precedente con el registro de su hija, con la esperanza de ayudar a otros ciudadanos que buscan que se reconozca, mediante un acta de nacimiento, la contribución que sus madres hicieron por ellos.

Registro de un bebé en Acta de Nacimiento

Decidimos registrar a Luna de esta forma debido al contexto en el que el rol de la madre, al hablar ante el Estado y la sociedad, ha sido frecuentemente minimizado por la estructura heteronormativa y patriarcal, que establece que primero deben registrarse los apellidos del padre y después los de la madre.

En febrero de 2020, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para modificar el artículo 58 del Código Civil Federal y el 19 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de que el acta de nacimiento incluya el nombre propio de la persona y los apellidos de los padres en el orden que ellos elijan.

Registro de Luna en Registro Civil de Querétaro

El artículo es ambiguo y menciona únicamente que se puede elegir el orden, pero no especifica cuáles, lo que deja abiertas las opciones, aunque obstaculizadas por los usos y costumbres en nuestro país que favorecen el apellido paterno sobre el materno, lo que evidencia que aún hay mucho por hacer al respecto.

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